Nada conformes están los motociclistas en la capital de la república con la medida del alcalde mayor Carlos Fernando Galán de implementarles restricciones parciales de circulación en Bogotá, que comenzaron a regir desde la medianoche del miércoles 29 de octubre y se extenderán hasta las 11:59 del lunes festivo 3 de noviembre.
Pero, de acuerdo con la Alcaldía Mayor de Bogotá, estas restricciones se implementan “para proteger la vida, garantizar la seguridad vial y preservar el orden público durante este fin de semana de Halloween”, pues en estas fechas del año se suelen aumentar constantemente los siniestros viales y las alteraciones al orden público debido a las llamadas también “rodadas de Halloween” o “rodadas del terror”, protagonizadas por motociclistas.
Entre 2022 y 2024, durante los fines de semana de Halloween, se registraron entre 14 y 16 víctimas fatales cada año, y 8 de cada 10 accidentes mortales involucraron a un motociclista. En 2024, el 73% de las muertes nocturnas de motociclistas ocurrió entre las 10:00 p.m. y las 4:00 a.m.
Adicionalmente, los homicidios cometidos por agresores que se movilizaban en moto se incrementó en un 21%, y los hurtos a personas, 4%.
Por eso, la administración distrital está firme en la adopción de esta medida, que ha causado protestas de miles de motociclistas en Bogotá.
De acuerdo con el Decreto Distrital 528 de 2025, las medidas que se adoptan son:
No pueden circular con acompañante o parrillero desde las 00:00 del jueves 30 de octubre hasta las 11:59 p. m. del lunes festivo 3 de noviembre.
Ninguna motocicleta podrá circular entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. de cada día del fin de semana (del jueves 30 de octubre al lunes festivo 3 de noviembre) en las siguientes vías de la capital:
*Autopista Norte.
*Autopista Sur.
*Carrera 30 NQS.
*Avenida Boyacá.
*Avenida Ciudad de Cali.
*Avenida Primero de Mayo.
*Avenida Las Américas.
*Avenida Suba.
*Calle 26 (Avenida El Dorado).
*Calle 80.
*Carrera Séptima.
*Carrera 68.
*Avenida Centenario (Calle 13).
*Avenida Guayacanes.
*Avenida Esperanza.
*Avenida Villavicencio.
Avenida Circunvalar.
*Calle 53.
*Calle 63.
*Carrera 60.
Quienes incumplan con estas restricciones de movilidad estarán incurriendo en la sanción C.14 del Código Nacional de Tránsito, que corresponde a transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Esta conducta podría ser multada con un comparendo de $604.100 pesos, más la inmovilización de la motocicleta.
Entre las excepciones que se encuentra durante la medida de este fin de semana son:
- Motocicletas de la Fuerza Pública.
- Organismos de emergencia y socorro.
- Seguridad privada debidamente identificada.
- Servicios de aseguradoras.
- Transporte de personas con discapacidad.
- Mensajería y domicilios identificados, con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo o utilizados por quien presta el servicio, con plena identificación del conductor.
- Vehículos relacionados con el control y mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
Para prevenir accidentes viales, garantizar la movilidad segura y mantener el orden público, de esta forma se contará con la presencia de:
- 2.000 uniformados de la Policía Metropolitana de Bogotá.
- 180 unidades por noche, entre Agentes Civiles de Tránsito, guías y uniformados de la Policía de Tránsito.
- 15 puestos de control distribuidos estratégicamente en las vías de la ciudad, durante cada noche.
