• 30 noviembre, 2025 6:17 pm

La tribuna de las regiones

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Multas de hasta 22 millones de pesos por ruido excesivo: así sancionan a vecinos en el país.

Vivir en comunidad, como en un conjunto cerrado o un barrio residencial, implica respetar ciertas reglas de convivencia para garantizar la armonía y el bienestar de todos los habitantes. Una de las normas que deben respetarse aplica para el exceso de ruido que pueda incomodar a los vecinos. Así lo establece la ley nacional.

La normativa que regula la convivencia en los conjuntos de propiedad horizontal está dispuesta por la Ley 675 de 2001 (Ley de Propiedad Horizontal) y la Ley 1801 de 2006 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana); adicionalmente, para los ruidosos, existe la Ley 2450 de 2025, conocida como Ley Antirruido.

Con estas tres leyes, quienes se sientan incómodos por el exceso de ruido de un vecino disponen de herramientas legales para actuar, y quienes les gusta poner música a todo volumen o hacer demasiado ruido se exponen a sanciones drásticas.

Según le manifestó Leonardo Leal, secretario ejecutivo del Colegio de Abogados Rosaristas al medio Asuntos Legales, “buscan la sana convivencia entre propietarios y arrendatarios con sus vecinos, así como con las personas que manejan la propiedad horizontal, tales como administradores, personal de vigilancia y aseo, entre otros”.

La pregunta es: ¿Qué debe hacer para denunciar al vecino ruidoso?, la respuesta es,lo primero que debe hacer si se ve afectado por las acciones de un vecino es agotar la vía de la queja ante la administración del conjunto residencial. En caso en que el conflicto persista, debe presentar una querella ante la alcaldía de la localidad, que deberá aplicar los mecanismos previstos en la ley para que el copropietario deje de hacer ruido, junto con la Policía del cuadrante.

En caso de que el conflicto persista, puede recurrir a diferentes acciones legales dependiendo del daño causado. Así lo manifestó Leal a Asuntos Legales: “Por ejemplo, si ya hay ataques contra su integridad o amenazas, se puede interponer la correspondiente denuncia penal con todo lo que implica; si hay daños materiales, digamos un par de tejas o vidrios rotos, se podría interponer la correspondiente demanda civil; o si hay afectaciones psicológicas, se podría interponer demanda por responsabilidad civil extracontractual”.

Sin embargo, el experto recomendó tratar de solucionar estos conflictos, acudiendo primero a la Policía, “por celeridad y especialidad”.

Las sanciones para el vecino ruidoso dependerán de la normativa a la que haya acudido el vecino afectado. Por ejemplo, si la afectación ocurrió dentro de un conjunto cerrado, la administración estaría facultada a aplicar sanciones económicas que no podrán ser superiores al valor de la cuota de administración y, sumadas, no podrán exceder hasta diez veces el valor del mismo monto.

Sin embargo, si el afectado recurre a la Ley 2450 de 2025, denominada Ley Antirruido, podría variar el monto de la multa, según lo especifica el artículo 180. “Así mismo, la desobediencia, resistencia, desacato o reiteración del comportamiento contrario a la convivencia incrementará el valor de la multa, sin perjuicio de los intereses causados y el costo del cobro coactivo”, adiciona la norma.

Esta ley se puede clasificar las sanciones en cuatro categorías así:

  • Tipo uno: por dos SMLMV, equivalentes a $2,8 millones.
  • Tipo dos: por cuatro SMLMV, equivalentes a más de $5,6 millones.
  • Tipo tres: por ocho SMLMV, que alcanzan los $11,8 millones.
  • Tipo cuatro: con 16 SMLMV, que resultarían en poco más de $22,7 millones.

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